- La Junta Europea de Protección de Datos (JEPD) ha dictado una resolución preliminar que podría obligar a Meta a replantearse cómo obtiene el consentimiento de los usuarios en la UE, lo que podría dar lugar a cambios significativos en sus operaciones comerciales.
- El modelo actual de Meta, que requiere que los usuarios den su consentimiento al tratamiento de datos para publicidad o paguen una cuota de suscripción, se ha considerado no conforme con las normas del GDPR, que exigen que el consentimiento se dé libremente y sin presiones indebidas.
- Los defensores de la privacidad han acogido con satisfacción la postura de la EDPB como una victoria para los derechos de los consumidores, subrayando la necesidad de prácticas de tratamiento de datos más transparentes y controladas por el usuario.
- La decisión puede incitar a Meta a explorar modelos publicitarios alternativos que no dependan del rastreo de datos personales, como la publicidad contextual u otros métodos no invasivos.
- El resultado del dictamen final del EDPB podría sentar un precedente que afectaría no sólo a Meta, sino también a otras empresas tecnológicas con prácticas empresariales similares en la UE.
La Junta Europea de Protección de Datos (JEPD) ha adoptado una postura firme contra el modelo de “consentimiento o pago” de Meta, una estrategia que obliga a los usuarios a aceptar el tratamiento de datos para la publicidad dirigida o a pagar por una experiencia sin anuncios. Según informa Politico y confirma una portavoz de la EDPB, la decisión podría afectar significativamente al modelo de negocio de Meta basado en la publicidad dentro de la Unión Europea.
Esta decisión se produce después de que Meta introdujera un controvertido modelo de suscripción el pasado otoño, en el que se pedía a los usuarios que pagaran 13 euros al mes para evitar los anuncios, una cuota que posteriormente se sugirió reducir a la mitad debido a las reacciones. Los recientes debates del EDPB concluyen que una elección binaria de este tipo no cumple los estrictos requisitos de consentimiento establecidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que exige que el consentimiento se dé libremente y no sea coaccionado.
Los grupos de defensa de los derechos de privacidad, entre ellos noyb, han criticado duramente el planteamiento de Meta, argumentando que socava los principios del GDPR. El dictamen de la EDPB, que aún no se ha publicado íntegramente, sugiere que ofrecer a los usuarios una simple elección entre pagar una cuota o consentir el tratamiento de datos no es un método legítimo para obtener el consentimiento. Max Schrems, de noyb, destacó que las fuentes de ingresos alternativas que no implican rastreo, como las publicaciones patrocinadas, podrían ser viables para Meta.
Mientras la Comisión Europea continúa su investigación en virtud de la Ley de Mercados Digitales y la Ley de Servicios Digitales en relación con el cumplimiento de Meta, se esperan con impaciencia los detalles completos del dictamen de la EDPB. Esta decisión representa un momento crucial en el actual debate sobre la privacidad digital y el consentimiento de los datos de los usuarios en la UE. Meta aún no ha respondido a las solicitudes de comentarios sobre la sentencia.