Lo que debes saber sobre la regulación de drones que llega a México

Lo Que Debes Saber Sobre La Regulación De Drones Que Llega A México Lo Que Debes Saber Sobre La Regulación De Drones Que Llega A México
lo que debes saber sobre la regulación de drones que llega a méxico

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Contxto – Volando al reglamento mexicano llega la NOM-107, que regulará el uso de drones en el cielo mexicano. Esta norma entrará en vigor a partir del 13 de enero de 2020.

Por su parte será responsabilidad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de México, a través de su Agencia Federal de Aviación Civil, supervisar el lanzamiento de los drones aprobados. 

Las reglas

Primero que nada, con esta norma los drones se legitiman ante la ley. Según el peso máximo del dispositivo para el despegue, estos dispositivos se categorizan de siguiente manera:

  • Micro: pesa menos o igual que dos kg.
  • Pequeño: pesa más de dos kg o hasta 25 kg.
  • Grande: pesa más que 25 kg.

Por qué no existe una clasificación de “mediano” tampoco tengo idea…

Pero bueno, esta categorización es importante cuando se trata de cumplir con la NOM-107, ya que los requerimientos que los drones deben satisfacer dependerán de la categoría en la que caen. 

Con esta norma, los drones pueden ser utilizados para propósitos privados no-comerciales, recreativos o comerciales. “Privados no-comerciales” se puede referir a drones militares o aquellos operados por el gobierno, por otro lado “recreativo” se refiere a drones que se usan como hobby o por diversión. Por último, “comercial”, pues, aquellos dispositivos que les generan ganancias a sus dueños. 

Para poder operar de forma legítima, las partes interesadas deben registrar el dron frente a la Agencia Federal de Aviación Civil. 

Si el dron no es para uso recreativo, entonces debe tener una póliza de seguro de responsabilidad civil. Digamos, por ejemplo, que el dron se desploma de repente y daña la propiedad privada de alguien, o peor, les lastima.

Si es un hobby, la norma requiere que el dron vuele dentro del alcance visual de quién lo opera. Los drones para propósitos privados, no-comerciales o comerciales pueden volar más allá del alcance visual y hacer vuelos nocturnos, pero para eso necesitan autorización.

También toma nota de que la norma prohíbe que drones con registros extranjeros u operados por personas no mexicanas estén en el cielo. Esta regla no aplica si hubo un acuerdo previo con las autoridades mexicanas correspondientes. 

La NOM-107 recalca ciertos requerimientos para los fabricantes de drones interesados en importar o vender drones en México.

La violación de esta norma puede significar tener que pagar una multa o, incluso, la pérdida de licencia para volar estos dispositivos.

Legislación de última generacion para drones en América Latina

Los drones tienen una cantidad infinita de usos. En el campo, ayudando a los agricultores a echarle un vistazo a la tierra, como Agros de Brasil nos ha enseñado, o en conciertos en vivo de Black Eyed Peas o Lady Gaga (googléalos).

Sin embargo, las reglas para asegurar el uso seguro de estos dispositivos son importantes, ya que la legislación puede determinar qué países latinoamericanos toman la delantera con respecto a la tecnología de drones.

En Argentina, entre sus requerimientos está uno donde el usuario debe pasar por una evaluación médica para operar un dron en espacios públicos.

Mientras tanto, Brasil está un poco más adelantado en el sentido de que ya tienen una legislación detallada para los drones. Sin embargo, el gobierno tiene limitados recursos para identificar y controlar a estas maravillas aéreas.

Como siempre, legislación apenas se está poniendo las pilas mientras que la tecnología ya les dió el avión.

Díganme algo que no sepa.

-ML

Traducido por Alejandra Rodríguez

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