Contxto – Ni siquiera los usuarios de Mercado Pago o Todo Pago son inmunes a las reglas y estipulaciones en constante cambio de las autoridades argentinas.
Durante el último mes, las autoridades del Banco Central limitaron la cantidad de dólares que los argentinos pueden comprar en el extranjero. Por la misma época, figuras similares restringieron las compras con tarjeta de crédito de Bitcoin, sin mencionar los debates sobre la regulación del blockchain en el Senado.
Ahora, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) aplicará disposiciones fiscales a tales plataformas, específicamente intermediarios de pagos digitales. Siguiendo el ejemplo, ahora los funcionarios deducirán impuestos en los ingresos brutos, dependiendo de la cantidad y el valor de las transacciones.
“La medida busca optimizar el trabajo de la administración tributaria en ingresos brutos, adaptándolo a los cambios tecnológicos y nuevos modelos de negocio y de consumo, los cuales han generado un crecimiento considerable en las transacciones electrónicas”, dijo Gastón Fossati, director de ARBA.
El sistema que implementaron permitirá un control más efectivo con respecto a la evasión de impuestos en las plataformas digitales. Estos servicios tendrán un trato similar al resto de los sectores de la economía. Por lo tanto, esto fortalecerá el capital y reducirá la informalidad”.
Impuesto a los ingresos brutos en Argentina
Si bien esta noticia se dio a conocer el verano pasado, la cobertura reciente afirma que esta medida deriva de la Resolución #305/2019 de la AGIP. Aunque los reportes originales sugirieron ponerla en vigor en septiembre pasado, otros sugirieron el primero de febrero del 2020. Tan pronto como lo sepa con seguridad, actualizaré la información.
Específicamente, el impuesto aplicará a las “repetidas” operaciones mensuales de los usuarios. Con esto, nos referimos a veinticinco o más, además de totales mensuales de ARP$12,500 (más de US$200) o más.
Se reporta que el Impuesto al Ingreso Bruto (ISIB) aplicará a cualquier “venta de artículos movibles, ubicaciones y beneficios de trabajo y/o servicios cuyos pagos se hacen con la intervención o a través de una plataforma o sitio web, aplicaciones de computadora, interfaces, páginas de Interrnet y/o cualquier medio digital, incluyendo billeteras virtuales”.
En otras palabras, cualquier plataforma digital, sitio web o aplicación permitiendo la integración móvil con métodos de pago ahora se pueden gravar. Incluso más simple, cualquier modalidad que facilita la gestión, administración y transmisión de los pagos electrónicos.
Considerando todo, este parece ser el intento más reciente de Argentina por reparar a su dañada economía. La enorme inflación, depreciación del peso argentino, además la pérdida del poder adquisitivo, están volteando de cabeza el mundo financiero del país.
La pregunta continúa, ¿son los impuestos una ruta óptima para sacar a los ciudadanos de este problema?
-JA
Traducido por Alejandra Rodríguez